Secretaría del Consejo Directivo

¿Qué es la Secretaría del Consejo Directivo?

Antecedentes

Al constituirse la sociedad mercantil, denominada Banco Nacional de Comercio Exterior, bajo el régimen de sociedad anónima, su funcionamiento se apegaba a las disposiciones de la Ley General de Sociedades Mercantiles, por lo que su Asamblea General de Accionistas, al igual que su Consejo de Administración contaban con un Secretario y un Prosecretario.

Al paso del tiempo, con la promulgación de la primera Ley Reglamentaria del Servicio Público de Banca y Crédito (publicada en el Diario Oficial de la Federación el 31 de diciembre de 1982), la Institución se transformó mediante decreto expedido por el Ejecutivo Federal, en Sociedad Nacional de Crédito, cambiando la denominación de su Órgano de Gobierno de Consejo de Administración a Consejo Directivo, en la cual continuó previéndose la existencia de un Secretario y un Prosecretario para atender el funcionamiento del mencionado cuerpo colegiado, creándose así el Secretariado Técnico.

Un año después, el H. Congreso de la Unión decretó la Ley Orgánica del Banco Nacional de Comercio Exterior (publicada en el D.O.F., el 20 de enero de 1986, misma que actualmente continúa en vigor). El 24 de julio de 1986, la Secretaría de Hacienda y Crédito Público expide el primer Reglamento Orgánico del Banco Nacional de Comercio Exterior, Sociedad Nacional de Crédito, Institución de Banca de Desarrollo, mismo que estuvo en vigor hasta el 2 de abril de 1991.

En el Diario Oficial de la Federación del 2 de abril de 1991, se publicó el segundo Reglamento Orgánico del Banco Nacional de Comercio Exterior, Sociedad Nacional de Crédito, Institución de Banca de Desarrollo (entrando en vigor el 3 de abril de 1991 y que continúa rigiendo a la Institución), ambos ordenamientos previeron en su artículo 19, los lineamientos para designar al Secretario y al Prosecretario del Consejo Directivo, facultándolos para levantar las actas de las sesiones, las que se asentarán en el libro que para tal efecto se lleve y deberán ser firmadas por el Secretario, o el Prosecretario. Asimismo, autorizará las copias de dichas actas, suscribirá los citatorios respectivos y expedirá las certificaciones que correspondan.

Misión

Coordinar el funcionamiento del Órgano de Gobierno de la Institución y de sus comités delegados así como de los consejos de administración de las empresas filiales de Bancomext, brindando seguridad y tutela jurídica en todo momento.

Objetivos y funciones:

  • Brindar seguridad y tutela jurídica al Órgano de Gobierno de la Institución y de sus comités delegados, así como de los consejos de administración de sus empresas filiales a través del control legal de la información corporativa y de la asesoría jurídico-administrativa a las áreas del Banco.
  • Vigilar el cumplimiento cabal de las decisiones tomadas en los distintos Órganos Colegiados.
  • Facilitar el cumplimiento y ejecución de los principios que rigen el funcionamiento de los diferentes Órganos Colegiados.
  • Implantar un sistema de información innovador y de calidad tecnológica para la administración de la información corporativa.

Órganos Colegiados de Bancomext a cargo de la Secretaría del Consejo Directivo