Comité de Crédito (CC)

Es un comité con facultades inferiores al CIC y su propósito es aprobar el otorgamiento de líneas de crédito, garantías de crédito y las usuales en el comercio exterior, así como los apoyos financieros y promocionales a que se refiere el Art. 6º de la Ley Orgánica de BANCOMEXT, hasta por el monto establecido en la Matriz de Facultades, el cual es de hasta USD 4 millones.